Se libra de una deuda pública de casi 250.000 € con la Ley de Segunda Oportunidad

El beneficiario, que había sido empresario, acumulaba esa cantidad de deuda pública con Hacienda, Seguridad Social, y Diputación

El Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Madrid ha liberado a un ciudadano navarro de una deuda de casi 250.000 euros. Tras cumplir los requisitos de la llamada Ley de Segunda Oportunidad consiguió la novación y exoneración de toda la deuda. El beneficiado, que había sido empresario, adeudaba ese total a Hacienda, Seguridad Social y Diputación Foral de Navarra. Ahora deberá someterse a un plan de pagos para pagar otra serie de créditos.  Además, si en este plazo demuestra que ha destinado la parte proporcional de sus ingresos a cumplir con las exigencias, también podría verse liberado (exonerado) de esta deuda.

El deudor ha sido defendido por EMPIEZADECERO, un despacho especialista en casos de insolvencia y cancelación de deudas. Se trata de un empresario dedicado al mundo de la construcción (prestaba servicios a empresas que construían viviendas). El empresario avaló con su propio patrimonio las operaciones de la empresa. Este echo derivó, tras la crisis económica, en deudas a la Seguridad Social. Ahora, ha conseguido que la justicia le libere de una deuda de más de 250.00 €.

Unos cuarenta beneficiados

Lo hace gracias a la Ley de Segunda Oportunidad aprobada en el año 2015, y que busca que personas que han sufrido un fracaso económico «tengan la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer». Así, se pretende que estas personas no caigan en la economía sumergida. En estos tres años, poco más de 40 personas (37 hasta el tercer trimestre de 2018) se han sometido a este tipo de procedimientos que brindan a las personas físicas mecanismos judiciales que a las empresas.

Lo primero que exige la ley es que se haya intentado un acuerdo extrajudicial con los acreedores privados, para lo que hay que acudir a un notario y un mediador. Una vez superado este paso, si el deudor no cuenta con antecedentes penales por estafa o delitos económico, si ha intentado el acuerdo de mediación, si no tienes unas deudas que superen los 5 millones de euros y ha intentado el acuerdo de mediación, ya puede someterse al procedimiento de segunda oportunidad y solicitar la condonación de la deuda.

Para que un juez la apruebe, es necesario que el concurso no sea declarado culpable. Es decir, que el endeudamiento no se haya producido o agravado por la culpa grave o intencionalidad del deudor. Entre las acciones que se penalizan está el incumplir con la obligación de llevar la contabilidad o cometer irregularidades, presentar documentos falsos o con inexactitudes graves en el proceso judicial…

Tratamiento que finalmente se dio a la deuda de derecho público

La segunda opción es cuando el deudor no ha abonado el crédito contra la masa y además tiene deudas públicas. Tendrá que someterse a un plan de pagos fijado por el juez durante los siguientes cinco años. Si al finalizar no ha conseguido devolver todo, pero acredita que ha dedicado un porcentaje establecido de sus ingresos a hacerlo, también podrá conseguir la exoneración del total de la deuda al finalizar ese plazo.

GABRIEL GONZÁLEZPamplona
Ver Nota de Prensa. Diario de Navarra

Entrada cedida por EMPIEZA DE CERO
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